TEORIA IMPUESTO DE LIMITACION URBANA





IMPUESTOS A LA  DELIMITACION URBANA


Hecho Generador: El hecho generador del impuesto de delineación urbana que se cobra en algunos municipios es la expedición de la licencia para la construcción, ampliación, modificación, adecuación y reparación de obras y urbanización en los terrenos de la jurisdicción municipal.
La ley no ha determinado los demás elementos que conforman el impuesto, por lo que su cobro resulta muy diferente de un municipio a otro. En Bogotá, la tarifa era del 2% del presupuesto de la obra, para cuyo efecto se han diseñado una serie de tablas bases para otorgar la licencia de construcción, teniendo en cuenta el estrato y el valor del precio unitario por metro cuadrado, entre otros.
Suele cobrarse junto al llamado impuesto de Ocupación de Vías. Se entiende por ocupación de vías, todo aquello que por causa de nuevas construcciones o reparación de las existentes, pueda impedir o dificultar en forma alguna el libre tránsito de peatones o vehículos o exponer a éstos a posibles daños o accidentes.
El impuesto puede gravar también el uso del subsuelo en las vías públicas y las excavaciones en las mismas. Los municipios que lo han adoptado han establecido diferentes tarifas. En Bogotá por ejemplo se cobraba el 30% del valor del impuesto de delineación urbana.
También serán considerados como ocupación de vías, los daños causados a éstas por motivo o por ocasión de la construcción o refacción del inmueble, mientras dura el daño y la ocupación de las vías por establecimientos tales como depósitos de materiales de construcción, almacenes y talleres de reparación de automotores, que para anunciar sus productos o ejecutar sus labores de reparación ocupen las vías públicas.
El pago de este tributo es requisito previo para el otorgamiento de licencias de construcción, refacción, demolición o ejecución de obra.

¿Estás de acuerdo que se cobre este impuesto en tu municipio? Si no porque

¿Crees que este impuesto si se cobra en tu municipio  como lo dispone el estatuto tributario municipal?  Argumenta tu respuesta.

1 comentario:

  1. ESTOY DE ACUERDO QUE SE COBRE ESTE IMPUESTO SIEMPRE Y CUANDO SE INVIERTA EN EL MEJORAMIENTO DE CADA MUNICIPIO.

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